El prosecretario de la Comisión de Gasto Público, Rigoberto Vargas, precisó los requisitos de contratación de deuda.
Toluca, EdoMex.- Tras aprobarse la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México, ayuntamientos podrán solicitar deuda a corto, mediano y largo plazo, pero tendrán que dejar como garantía de pago, aportaciones federales y estatales.
Así lo dió a conocer el diputado mexiquense Rigoberto Vargas Cervantes, al formar parte cómo prosecretario de la Comisión de Gastó Público, quién precisó que las administraciones para la contratación de deuda, dejarán cómo garantía de pago, sus aportaciones del Fondo Estatal de Fortalecimiento Municipal (FEFOM) así como del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FAIS).
Vargas Cervantes, indicó que lo anterior se aprobó durante la continuación de los trabajos de los integrantes de las comisiones unidas de Planeación y Gasto Público, y Finanzas Públicas, dónde se garantizó que los 125 titulares de administraciones municipales que entrarán en funciones el 1 de enero de 2022, tengan un comportamiento financiero responsable y no sigan endeudando a sus ayuntamientos.
Rigoberto Vargas Cervantes, coordinador del grupo parlamentario de Nueva Alianza, señaló que todas las fracciones parlamentarias a excepción del PAN que no asistió a los trabajos, avalaron que las y los alcaldes estén en la posibilidad de contratar deuda siempre y cuando cumplan tres principios fundamentales.
Contar con capacidad crediticia la cual es determinada por áreas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para el caso de la banca privada será obligatorio la presentación de sus proyectos dónde debran de argumentar y detallar en que utilizarán el dinero y por último , someterse a los esquemas de supervisión y seguimiento del Comité Técnico que la Legislatura establecerá.
Durante el desarrollo del análisis y lectura de los acuerdos se estableció que aquellos gobiernos municipales mexiquenses que soliciten créditos de corto plazo (multianual) podrán dejar en “garantía” y/o afectación de fuente de pago el 25 por ciento de las participaciones del programa Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FAIS).
Mientras que para el caso de los posibles prestamos de largo plazo, estos podrán tener 15 años como periodo máximo de pago y estarían teniendo como garantía de pago el 30 por ciento de las participaciones del programa Fondo Estatal de Fortalecimiento Municipal (FEFOM).
Finalmente, cabe destacar que, si en los próximos meses alguna o algún alcalde solicite autorización para contraer deuda, ésta sólo se podría avalar si tiene el objetivo de refinanciar y/o restructurar su deuda pública en mejores condiciones y para realizar obras de suministro de agua potable, alcantarillado, electrificación, letrinas, infraestructura básica social y educativa, entre otros.