México, DF.- Como resultado del trabajo de inteligencia realizado a partir del hallazgo de los restos corporales de una persona del sexo masculino, esparcidos en distintos puntos de la ciudad, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal logró identificar a la víctima y asegurar a su esposa en calidad de probable responsable, por lo que con elementos de prueba integrados en el pliego de consignación, un Juez Penal le dictó auto de plazo constitucional.
A través de la Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Homicidio, la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales informó que la probable responsable, quien responde al nombre de María Alejandra Lafuente Casco, enfrentará proceso penal en el juzgado 69 del Centro Femenil de Readaptación Social Santa Martha Acatitla, por la comisión del delito de homicidio calificado en razón de parentesco, bajo la causa penal 247/2014.
Los trabajos de gabinete y de campo se iniciaron el 6 de noviembre del presente año, en la esquina de las calles Anáhuac y Quintana Roo, colonia Roma, perímetro de la delegación Cuauhtémoc, después de que elementos de la Secretaría de Seguridad Pública fueron notificados del hallazgo de un torso humano, sin extremidades torácicas ni pélvicas.
Ese día por la tarde, elementos de esa corporación reportaron que en la calle Jaspe, colonia Valle Escondido, en Tlalpan, fueron localizados distintos restos humanos, consistentes en extremidades superiores e inferiores, sin manos ni pies, en el interior de bolsas de plástico.
Con el propósito de practicar los estudios pertinentes, los distintos restos encontrados se remitieron al Instituto de Ciencias Forenses, en donde los especialistas en materia de antropología determinaron que los mismos correspondían a una sola persona, sin identificar hasta ese momento.
Derivado de su análisis, los médicos forenses asentaron en el protocolo de necropsia, que en el tronco se advertía una herida producida por instrumento punzocortante, penetrante de abdomen y clasificada de mortal.
En dictamen posterior, elaborado respecto a los segmentos corporales, los médicos refirieron que fueron fragmentados de manera post mortem, utilizando al efecto un instrumento punzocortante de bordes dentados.
Para lograr la plena identificación de la víctima, se cruzó información con personal del Centro de Atención a Personas Extraviadas y Ausentes (CAPEA) toda vez que fue necesario comparar las características de los restos humanos con los reportes de personas desaparecidas semejantes en rasgos físicos.
El resultado de la búsqueda realizada por el CAPEA arrojó el reporte de una persona desaparecida con las características corporales de los restos humanos encontrados, por lo que derivado del trabajo de inteligencia, elementos de la Policía de Investigación localizaron a integrantes de la familia a quienes les recomendaron acudir a una diligencia de identificación en el INCIFO, la cual obtuvo resultados positivos.
Posteriormente, el Ministerio Público de la Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Homicidio se entrevistó con los familiares, quienes destacaron la relación sentimental que el occiso sostenía con su pareja, tras lo cual se procedió a practicar una diligencia de inspección ocular en el domicilio que ocupaba en la colonia Tepepan, delegación Xochimilco.
En este lugar, se encontraron la cabeza y las manos de la víctima en el interior de bolsas de plástico, así como una sierra eléctrica.
Al revisar las habitaciones, los peritos localizaron rastros hemáticos en una de las recámaras y en el baño, además de percatarse que la superficie del colchón y un trozo de la alfombra, fueron cortados para borrar evidencias de sangre.
Al continuar con las pesquisas, elementos de la Policía de Investigación localizaron a la esposa de la víctima, María Alejandra Lafuente Casco, psicóloga de profesión, quien rindió declaración ministerial en calidad de testigo; sin embargo, ante las constantes y evidentes contradicciones en que incurrió y con apoyo en el trabajo de inteligencia realizado, se determinó cambiar su situación jurídica de testigo a inculpada.
Entre los elementos de prueba integrados al expediente que determinaron la probable responsabilidad de la cónyuge en el homicidio, se encuentran diversas testimoniales, que ubican a la inculpada en el lugar y hora de los hechos y evidencias que el personal ministerial recabó dentro de las inspecciones realizadas tanto en el interior del domicilio conyugal, como en los lugares de los hallazgos de restos corporales.
Además, pruebas recabadas mediante diversos procedimientos técnicos y tecnológicos, revelaron que la probable responsable pretendía hacer pasar con vida a la víctima, entre sus amistades y familiares, al realizar diferentes maniobras con los aparatos de telefonía, como envío de mensajes de texto, con los teléfonos celulares de la pareja sentimental durante el último mes.
Sin embargo, se determinó que esta acción era únicamente una distracción de la inculpada, toda vez que el resultado del estudio cronotanatológico concluyó que la víctima perdió la vida entre las últimas horas del 5 de noviembre del presente año y la madrugada del día siguiente.
Cabe señalar que con el propósito de desviar las investigaciones, la mujer aprovechó su condición de profesionista en psicología para ingresar a un instituto psiquiátrico en calidad de paciente; sin embargo, mediante el cúmulo probatorio reunido, se estableció su probable participación en el homicidio de su cónyuge.