Estos hechos los perpetró el 28 de mayo de este año en una carnicería del municipio de Tecámac.
Tecámac, EdoMex.- La Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) obtuvo sentencia de condena de 5 años, 7 meses y 15 días de prisión para Sergio Morales Buendía, tras quedar acreditada su intervención en el delito de maltrato animal, ya que en mayo pasado arrojó a un canino dentro de un cazo con aceite hirviendo en el municipio de Tecámac.
Con las pruebas recabadas, aportadas y expuestas por esta Representación Social, la Autoridad Judicial dictó esta sentencia contra el acusado, además le fijó multa de 38 mil 902 pesos y la cantidad de 28 mil 217 pesos como reparación del daño moral, a favor del fondo de Protección a los Animales del Estado de México.
Los hechos por los cuales fue sentenciado este individuo ocurrieron el 28 de mayo pasado, cuando ingresó a una carnicería ubicada en el poblado de San Pablo Tecalco del municipio de Tecámac, donde agredió verbalmente al locatario, lo amagó con un instrumento punzocortante y al momento de salir del establecimiento sujetó a uno de los caninos que se encontraban en ese lugar y lo arrojó dentro de un cazo con aceite hirviendo, lo que le ocasionó la muerte.
Derivado de estos hechos que fueron del conocimiento público ya que fueron captados por una cámara de video y difundidos mediante medios de comunicación y redes sociales, la Fiscalía estatal inició una indagatoria por el delito de maltrato animal y obtuvo de la Autoridad Judicial orden de aprehensión contra este individuo.
El 30 de mayo de este año, elementos de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana federal (SSPC) a través de la Comisión Nacional Antihomicidio (CONAHO) y agentes de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, cumplimentaron orden de aprehensión en contra de Sergio Morales Buendía, en un domicilio ubicado en la alcaldía Coyoacán de la Ciudad de México.
Este sujeto fue trasladado e ingresado al Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Ecatepec, a disposición de la Autoridad Judicial, quien, tras proceso legal, le dictó esta sentencia.
El Estado de México cuenta con leyes para la debida protección de la vida y trato digno hacia los animales, como lo establecen los artículos 235 Ter y 235 Quater del Código Penal vigente en la entidad mexiquense, disposiciones que contemplan penalidades de 3 a 6 años de prisión y de 200 a 400 días multa, a quien cause la muerte por cualquier medio y prolongue la agonía de un animal que no constituya plaga.