Diputados avalan medidas de protección a mujeres víctimas de violencia

Ciudad de México.- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad de 405 votos reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Nacional de Procedimientos Penales, a fin de que se establezca un banco de todas las órdenes de protección emitidas, datos de víctimas y personas sujetas a ellas.

El dictamen enviado al Senado de la República, para sus efectos constitucionales, prevé que este banco se lleve con el estricto cumplimiento a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en materia de datos personales.

Las órdenes de protección de emergencia y preventivas tendrán temporalidad hasta que la víctima de la violencia deje de estar expuesta al riesgo, y deberán expedirse en forma inmediata máximo en el transcurso de las 6 horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan.

El Ministerio Público dictará oficiosamente cualquiera de las órdenes de protección preventivas o de emergencia previstas en este Capítulo, sin necesidad de autorización judicial previa o posterior y sin perjuicio pueda sustituirla por alguna medida de protección o providencia precautoria, previstas en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Se estipula que la duración máxima de las medidas de protección y providencias precautorias será de noventa días naturales, prorrogables hasta por treinta días.

Si transcurrido el plazo, subsistiere la causa que dio origen a la medida o providencia decretada, podrá prorrogarse hasta por un plazo igual durante el cual el Ministerio Público, procurará ejercer la acción penal correspondiente y, en su oportunidad, solicitar la medida cautelar que corresponda.

En casos de violencia contra las mujeres, el texto define que si el Ministerio Público o la víctima u ofendido no hubiera solicitado medida cautelar alguna, pero el juez advirtiere algún riesgo para la víctima u ofendido, deberá emitir alguna orden de protección preventiva o de emergencia prevista en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Al fundamentar el dictamen, la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco (PRI) señaló que a pesar que el Estado mexicano ha tratado de garantizar y proteger los derechos de las mujeres, diariamente son asesinadas siete, y seis de cada diez reconocen ser víctima de violencia en cualquiera de sus modalidades.

En representación de Encuentro Social, Refugio Trinidad Garzón Canchola subrayó que la situación que muchas mujeres viven, al presentar una denuncia por violencia, lejos de sentirse protegidas perciben dilatoria e inútil actuación de la autoridad cuando son agredidas.

Por Movimiento Ciudadano, la legisladora María Candelaria Ochoa Avalos (Movimiento Ciudadano) se pronunció a favor, toda vez que actualmente hay una serie de procedimientos que complican la eficacia y protección y hace que las mujeres estén en una condición vulnerable.

La diputada Irma Rebeca López López (Morena) sostuvo que las modificaciones a este marco normativo contarán con una base de datos confiable sobre las órdenes de protección, que ayudará al reconocimiento de la problemática y al mejoramiento de la política gubernamental.

La legisladora perredista Hortensia Aragón Castillo refirió que el dictamen tiene por objeto salvaguardar la vida de las mujeres en México, pues “en los últimos cuatro años la violencia hacia las mujeres que genera la muerte de estas ha aumentado en 46 por ciento”.

La modificación establece la temporalidad de la vigencia de las medidas de protección, que era de 60 días para subir a 90 días como máximo. Se deberá dictar en ese plazo la protección que no exceda de seis horas para las víctimas, y se faculta al MP para que pueda dictar las medidas de protección que considere adecuado de oficio, sin necesidad de obtener para ello la autorización judicial.

 

Entradas relacionadas

Dejar un Comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.