Este martes aplicarán el Doble Hoy No Circula por altos niveles de contaminación.

Texcoco, EdoMex.- La Comisión Ambiental de la Megalópolis activó la FASE 1 DE CONTINGENCIA AMBIENTAL POR OZONO, con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud; así como para reducir la generación de contaminantes y la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de ozono el día de mañana.

Dentro de las medidas a tomar y que afectan a la población en general se encuentra la aplicación del Doble Hoy No Circula, por lo que mañana martes 3 de mayo, deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 5, 7, 8 y 9 así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado rosa, terminación de placa 7 y 8

Los vehículos de uso particular con matrícula foránea que no porten holograma de verificación vehicular, serán considerados como holograma Dos.

Las unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) cuya terminación de matrícula sea NON.

Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX.

Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Otros municipios del Estado de México incluidos en la lista son: Amecameca, Apaxco, Atizapán de Zaragoza, Atlautla, Axapusco, Ayapango, Coacalco, Cocotitlán, Coyotepec, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Chalco, Chicoloapan, Chiconcuac, Chimalhuacán, Ecatepec, Ecatzingo, Huehuetoca, Hueypoztla, Huixquilucan, Iisdro Fabela, Ixtapaluca, Jaltenco, Jilotzingo, Juchitepec y Melchor Ocampo.
Así como Naucalpan, Nezahualcóyotl, Nextlalpan, Nicolás Romero, Nopaltepec, Ozumba, Los Reyes La Paz, Tecámac, Temamatla, Temascalapa, Tenango del Aire, Teoloyucan, Tepetlaoxtoc, Tepetlixpa, Tepotzotlán, Tequixquiac, Tlalmanalco, Tlalnepantla, Tonanitla, Tultepec, Tultitlán, Valle de Chalco, Villa del Carbón y Zumpango

Exenciones

Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.

Vehículos que porten holograma “00” o “0” cualquiera que sea su uso, con excepción de los vehículos con engomado color rosa, terminación de placa 7 y 8.

Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por la COVID-19 y que porten folio de cita).

Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas sus especialidades, paramédica y administrativa con credencial vigente.

Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población

Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental.

Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.

Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.

Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.

Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).

Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.

Los vehículos que formen parte del Programa Paisano y porten la autorización correspondiente.

Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.

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