Se publican Ley para hacer de CDMX una Ciudad más Abierta y Ley de Gobierno Electrónico del DF

logo CDMXCDMX.- La Gaceta Oficial del Distrito Federal publicó el día de ayer la Ley para hacer de la Ciudad de México una Ciudad más Abierta y la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal, las cuales entrarán en vigor a partir de Hoy.

La Ley para hacer de la Ciudad de México una Ciudad más Abierta tiene por objeto establecer un marco jurídico para mejorar la disponibilidad de información sobre las actividades del Gobierno de la CDMX para toda la población; fortalecer la participación cívica; y favorecer el acceso a nuevas tecnologías que faciliten la apertura gubernamental, la rendición de cuentas y la promoción de los derechos humanos.

Establece que las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político-administrativos y entidades del Distrito Federal reconocen el derecho de los particulares de colaborar en la conformación, desarrollo y evaluación de sus programas, políticas y acciones.

Sus objetivos son:

  1. Fomentar en los particulares, las delegaciones, dependencias, entidades y órganos desconcentrados del Distrito Federal, la cultura de la apertura y utilización de los datos abiertos para generar proyectos que mejoren la calidad de vida en la Ciudad de México;
  2. Potenciar la colaboración de los particulares en la conformación, desarrollo y evaluación de las políticas, planes, programas y acciones de las delegaciones, dependencias, entidades y órganos desconcentrados del Distrito Federal;

III. Fortalecer las capacidades institucionales para garantizar la observancia del Derecho de Acceso a la Información, reconociendo el derecho de los particulares de colaborar en la conformación, desarrollo y evaluación de los programas, políticas y acciones del Gobierno de la Ciudad de México;

  1. Facilitar, mediante la apertura de datos, la toma de decisiones y la implementación de políticas gubernamentales basadas en evidencia y en la obtención de mejores resultados al menor costo;
  2. Establecer un marco normativo que fomente la innovación gubernamental a partir de procedimientos ágiles y flexibles; y
  3. Establecer las directrices para incrementar la capacidad de las delegaciones.

La nueva Ley dispone las bases para la creación del Consejo de Gobierno Abierto de la Ciudad de México, como un órgano colegiado de carácter deliberativo y decisorio, que fungirá como instancia para el establecimiento de lineamientos, iniciativas, estrategias y políticas de Gobierno Abierto para la Ciudad de México.

El Consejo estará integrado por 15 personas: siete representantes del Gobierno del Distrito Federal, uno de la Asamblea Legislativa, uno de la Red de Innovadores por una Ciudad Abierta, un representante rotativo de las Dependencias de la Administración Pública Centralizada, uno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del DF, uno de la Comisión de Derechos Humanos del DF y tres consejeros ciudadanos, representantes de la sociedad civil.

LEY DE GOBIERNO ELECTRÓNICO

La Gaceta Oficial también publicó el decreto por el que se expide la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal, misma que tiene por objeto establecer los principios que regirán las comunicaciones entre los ciudadanos y la administración pública de la capital del país, a través del uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información; y, determinar las bases y componentes que sirvan para el diseño, regulación, implementación, desarrollo, mejora y consolidación del Gobierno Electrónico en el DF.

De acuerdo con la nueva norma, los Órganos de la Administración Pública deberán observar lo siguiente:

  1. Fomentar e incentivar el uso de las herramientas y mecanismos de participación digital de los ciudadanos, sociedad civil, empresas, academia y centros de investigación, que propicien la generación de conocimiento colectivo, conforme a las normas, políticas y estrategias que establezca la Oficialía Mayor;
  2. Dar cumplimiento al Programa Digital y de Innovación de la Ciudad de México, así como a las normas, y políticas establecidas por la Oficialía Mayor en materias de Gobierno Electrónico y de tecnologías de la información y comunicaciones;

III. Implementar los sistemas de información y comunicaciones que apoyen la transición y el fortalecimiento del Gobierno Electrónico conforme lo establezca la Oficialía Mayor;

  1. Incorporar a la plataforma integral de trámites y servicios en línea de la Administración Pública, los trámites y servicios que les corresponda conocer, substanciar y resolver conforme a sus atribuciones para garantizar la accesibilidad y disponibilidad a la población en general;
  2. Observar las disposiciones que en materia de dominios, sitios, redes sociales y aplicaciones móviles que se establezcan para el caso concreto;
  3. Proporcionar la información que requiera la Oficialía Mayor, en ejercicio de sus atribuciones y en cumplimiento de la presente Ley, así como observar las recomendaciones, normas, políticas o lineamientos, entre otros, que ésta emita en materia de Gobierno Electrónico, y

VII. Las demás disposiciones de la presente Ley y otros ordenamientos en la materia.

En el caso de ambas leyes, en los artículos transitorios se estipula que el Jefe de Gobierno emitirá el reglamento respectivo.

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